domingo, 3 de mayo de 2020

JCE, interpretación, COVID-19 y estado de emergencia

Juan Tomás Olivero

 Por Juan Tomás Olivero

Este martes 5 de mayo, a sesenta (60) días de las elecciones generales reprogramadas constitucionalmente por el Pleno de la JCE (art.212 const. rd).  Sólo estará, y sólo eso,
en discusión en esta sesión especial indelegable de la Junta Central Electoral con los presidentes de partidos y organizaciones políticas reconocidas, con derecho a participar en el torneo electoral presidencial y congresual venidero; previstos para elegir las nuevas autoridades del poder ejecutivo y del poder legislativo, que tomarán posesión el 16 de agosto de este mismo año 2020. Sólo estará en debate, reiteramos en esta reunión, asegurar el éxito de las celebraciones de elecciones el próximo 5 y 26 de julio.
Se les estará comprometiendo a todos, en esta especial reunión con una agenda que tiene como fin consolidar y establecer de manera específicas: garantías constitucionales a los ciudadanos, a las organizaciones políticas participantes y un protocolo electoral sanitario que elimine todo tipo de riesgos o peligros de fracasos políticos, electoral    y de contagios COVID-19.
Pero, a su vez, y no de otra manera, este protocolo electoral debe revestir de seguridad sanitarias y electoral, tanto al evento de primera vuelta del 5 julio, como el de segunda vuelta, en caso de ser necesario, del 26 de julio de 2020.
Mas allá de la cuarentena, o no, se tendrán que celebrar las elecciones pautadas constitucionalmente y reprogramadas por la JCE para este 5 de julio.   Lo que no pudo lograr el supuesto desarrollo político pregonado y la lucha del Gran Maestro Juan Bosch y del discípulo de igual dimensión, José Francisco Peña Gómez; así como otros tantos mártires dominicanos de la democracia; construir métodos y modos democráticos respetuosos de la dignidad de la persona.  Vea usted, lo hizo posible la desgraciada aparición y tragedia del COVID-19: al propinar la muerte bien merecida de las caravanas, mítines, megadivas, amiguitos y amiguitas, concentraciones y bandereos del populismo barato asistencialista y denigrándote de la condición humana.
Queda por ver, de qué modo nace un nuevo modelo político y una nueva forma de hacer política en democracia en medio de esta pandemia y para la vida institucional política futura de República Dominicana.
Con un Estado quebrado y peor administrado por el danilismo, sin capacidad para comprar kit de pruebas, tecnologías y material sanitarios para enfrentar la pandemia. ¿se puede pensar en medio de esta tragedia del planeta y de República Dominicana en financiamiento electoral a partidos y agrupaciones políticas? Creo que no, sería una burla indolente a la desgracia humanitaria y económica en que ha sumido la COVID-19 este pueblo. Que cada uno se rasque con sus propias uñas.
El principal foco de contagio, el Congreso de la República: senadores y diputados, se ha convertido por su naturaleza y obligación, en un punto constante de riesgo y contagio. Parece que el pánico y el COVID-19 les tienes turulatos haciendo interpretaciones jurídicas a legisladores, abogados y juristas de manera equívocas, inexactas y defectuosas, como suele y acontece ahora, con la ley 21-18, que regula y norma los estados de excepción; cito el artículo en cuestión:
Artículo 28.- Prórroga. “En caso de que persistan las causas que dieron lugar a la declaratoria del estado de excepción, el Poder Ejecutivo podrá solicitar al Congreso Nacional, cuantas veces sea necesario, la prórroga del estado de excepción, con cinco días de antelación a la finalización del período originalmente establecido”. Fin de la cita.
Párrafo I.- “La prórroga concedida no podrá exceder del tiempo ya autorizado para cada
estado de excepción de que se trate”. Concluyo la cita.
Ahora bien, ¿dónde indica la ley que los plazos de las prórrogas solicitados no deben exceder él de la última prórroga concedida? Creo que en las cabezas de los que construyen los sofismas jurídicos que dañan el valor de verdad de la ley. ¿Qué dice el Párrafo I de la ley 21-18, sobre este aspecto legal? Copio nuevamente: “La prórroga concedida no podrá exceder del tiempo ya autorizado para cada estado de excepción de que se trate”. ¿con qué plazo se autorizó el estado de excepción (emergencia) en que nos entramos? 25 días…
Lo siento, porque muchos de los que han levantado esta antítesis jurídica sobre la ley 21-18 y su art.28 Párrafo I del estado de emergencia y su carácter excepcional, son amigos y con algunos de ellos comparto posiciones. Soy Tomista-aristotélico, y decía este último: “Soy amigo de Platón, pero más amigo de la verdad” (Aristóteles).  Me parece que no hay malas intenciones en la interpretación; sino; problema con una norma de estructura gramatical de la lengua española y sus lecturas: comprensiva y expresiva o con los modos vocativo y ablativo del latín.
El próximo martes 12 del mes en curso o lo que es lo mismo, dentro de nueve (9) días, estaremos por nueva vez en la misma chercha, con otra distracción en el Congreso de la República de una nueva solicitud de prórroga del estado de excepción por: 15, 17 o 25 días. Lo que no entienden algunos, o no alcanzan a ver, y es a lo que deben poner atención. Es que el problema no es el mareo o vértigo de la manipulación de la cuarentena y la pandemia COVID-19 por parte del gobierno, en la búsqueda angustiosa de su éxito perverso de perpetuidad.
En cambio, lo fundamental y lo que se debe entender.  Es la necesidad de construir un modelo político electoral que permita la celebración de unas elecciones con una JCE en cuarentena, unos resultados transparentes en cuarentena, nuevo gobierno surgido de las elecciones del 5 o 26 de julio cuarentenado, observadores electorales nacionales e internacionales en cuarentena y, lo más significativo:  Toma de posesión con distanciamiento social, con guantes, mascarillas y un té de berro con jengibre para exorcizar el coronadanilismo de palacio.
Un país endeudado hasta los tuétanos, una crisis financiera de proporciones inimaginables, un Estado caótico: en su Sistema de Salud, Educación, Financiero, Productivo, Industrial, Político   y una Endemia Sanitaria COVID-19 espantosa; de tal vez de más 15 o 20 mil infectados, mil o más muertos, estadísticas simuladas de recuperados y un estigma internacional sobre el pueblo dominicano, de corruptos e incompetentes, gracias al danilismo.
Luis Abinader o Leonel Fernández, la tienen difícil de encabezar cualquiera de los dos, como has de ser, el Nuevo Gobierno del próximo 16 de agosto. Recibirá cual sea de los dos; una carreta como Estado, arrastrada por un burro con el lomo pelado y equipado con gurupelas de alambres de púas, apoyado en herraduras de palo sostenidas por clavos de acero. Traspasado por el gobierno saliente de Danilo Medina Sánchez, como medio para traspórtanos al futuro y competir en un mercado internacional en crisis con este legado o esperpento de Estado. Tendrán y no queda de otra. Transformarlo en un instrumento político moderno, justo, eficiente y solidario, que garantice bienestar pleno al pueblo dominicano. ¡que Dios los ilumine!!!
Termino mis reflexiones con la forma prometida y que he usado en mis últimas publicaciones de cuarentena y COVID-19:
La vida, don sagrado, no puede ser en una Sociedad Humana y Cristiana un medio para alcanzar un fin político o perpetuarse en el poder. Primero la Vida, después cualquier otro hecho político, social o económico. Quédate en Casa. ¡¡¡Cuida Tu vida, la de los Tuyos y Cuida la Mía!!!
Dios proteja este país.

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